Una de las preguntas más comunes que escuchamos es: "¿Cuál es la diferencia entre sucesión testamentaria y administración?" La respuesta es simple, pero los procesos tienen distinciones importantes.
La Respuesta en Una Oración
La sucesión testamentaria es cuando alguien muere CON testamento. La administración es cuando alguien muere SIN testamento.
Sucesión Testamentaria (Con Testamento)
Cuando el fallecido dejó un testamento válido, el testamento debe ser "probado" — o tramitado — en el Tribunal Sustituto. El tribunal verifica que el testamento es auténtico y fue ejecutado correctamente, luego nombra al Albacea designado en el testamento.
El Albacea recibe Cartas Testamentarias, que le otorgan autoridad legal para administrar la herencia. El testamento mismo dicta quién recibe qué.
Lea nuestra Guía Completa de Sucesión →
Administración (Sin Testamento)
Cuando alguien muere sin testamento (intestado), no hay Albacea ni instrucciones de distribución. En su lugar, el tribunal nombra un Administrador — generalmente el pariente vivo más cercano — siguiendo un orden de prioridad establecido por ley (SCPA §1001):
- Cónyuge sobreviviente
- Hijos
- Nietos
- Padres
- Hermanos
- Otros parientes
El Administrador recibe Cartas de Administración y distribuye la herencia según las leyes de sucesión intestada de Nueva York — no según lo que el fallecido podría haber querido.
Lea nuestra Guía Completa de Administración →
Diferencias Clave
- ¿Existe testamento? Sucesión: Sí. Administración: No.
- ¿Quién está a cargo? Sucesión: Albacea (nombrado en el testamento). Administración: Administrador (designado por el tribunal).
- Cartas emitidas: Sucesión: Cartas Testamentarias. Administración: Cartas de Administración.
- La distribución sigue: Sucesión: Los términos del testamento. Administración: Las leyes de sucesión intestada de NY.
- ¿Quién decide? Sucesión: El fallecido (mediante testamento). Administración: La ley estatal.
¿Qué Proceso Necesito?
- ¿Se encontró testamento? → Solicite la Sucesión
- ¿Sin testamento? → Solicite la Administración
- ¿Herencia menor de $50K sin bienes inmuebles? → Considere la Administración Voluntaria
- ¿Se encontró testamento pero el Albacea no puede servir? → Solicite Administración c.t.a. (con el testamento anexo)
Ambos procesos son manejados por el Tribunal Sustituto del Condado de Nueva York en 31 Chambers Street, New York, NY 10007.